COMUNICADO A LA COMUNIDAD JURÍDICA NACIONAL

Santo Domingo, República Dominicana, 18 de junio de 2026.

El Tribunal de Honor Disciplinario del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), en atención a las inquietudes externadas por el Consejo del Poder Judicial respecto de la eventual tramitación de sometimientos disciplinarios contra jueces del Poder Judicial, considera oportuno reiterar su posición institucional sobre esta materia.

Este colegiado ha sostenido de manera constante que carece de competencia para conocer acciones disciplinarias dirigidas contra jueces en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. En consecuencia, en los casos que han sido sometidos a su consideración, ha declarado inadmisibles las acciones presentadas o se ha declarado incompetente para conocerlas, por entender que la competencia para tales fines corresponde exclusivamente al Consejo del Poder Judicial, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

De manera particular, en el caso recientemente sometido a la consideración de este Tribunal, y aun cuando la propia representación del Ministerio Público solicitó la declaratoria de incompetencia, este órgano disciplinario procedió a emitir la resolución correspondiente, reafirmando su falta de competencia para conocer el asunto y ordenando la remisión del expediente relativo a los jueces del Tribunal Superior Administrativo al Consejo del Poder Judicial, a fin de que dicho órgano conozca y decida, en el ámbito de sus atribuciones constitucionales y legales, sobre las faltas que les han sido atribuidas.

Cabe destacar que la iniciativa de promover dicho procedimiento tuvo su origen en actuaciones impulsadas por el propio Colegio de Abogados. No obstante, desde el inicio de la tramitación del expediente, el Tribunal de Honor ha mantenido una posición firme y coherente respecto de su incompetencia para conocer disciplinariamente a miembros de la judicatura, criterio que hoy reitera formalmente.

En consecuencia, agradecemos la preocupación manifestada por el Consejo del Poder Judicial y por su presidente, magistrado Luis Henry Molina, en relación con esta situación. Coincidimos plenamente en la necesidad de preservar la institucionalidad, la independencia judicial y la armonía entre los distintos actores del sistema de justicia.

Asimismo, reiteramos nuestro respeto hacia los jueces de la República, quienes, además de formar parte de la judicatura, integran la comunidad jurídica nacional y desempeñan una función esencial para el Estado de derecho. Precisamente por la naturaleza de sus funciones, el conocimiento de cualquier eventual responsabilidad disciplinaria corresponde de manera exclusiva al Consejo del Poder Judicial.

Por tales razones, entendemos que las preocupaciones externadas quedan debidamente atendidas con la decisión adoptada por este Tribunal y con la remisión formal del expediente al órgano competente, reafirmando así nuestro compromiso con el respeto de las competencias constitucionales de cada institución y con el fortalecimiento de la seguridad jurídica en la República Dominicana.

COMUNICADO TRIBUNAL DE HONOR DEL CARD

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES
TRIBUNAL DE HONOR DISCIPLINARIO

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