Que rechaza parcialmente la acusación presentada y declara no culpable a JOSÉ CONSTANZA HERNÁNDEZ, por insuficiencia probatoria. En cuanto a RUDDYS ANTONIO MEJÍA TINEO, cédula de identidad y electoral núm. 001-0910222-8, matrícula CARD 11289-46-92, acoge parcialmente la acusación, lo declara culpable de violar los artículos 1, 2 y 3 del Código de Ética del Profesional del Derecho, por los motivos expuestos, y le IMPONE la sanción de un (1) año de inhabilitación en el ejercicio de la profesión de abogado, con todas las consecuencias legales correspondientes, quedando impedido de realizar cualquiera de las atribuciones y prerrogativas previstas en el artículo 101 de la Ley núm. 3-19 durante la vigencia de la inhabilitación.
Sentencia TDH-017-2026