El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), desde su sede principal en la avenida Simón Bolívar anuncio el depositó por ante la Procuraduría General de la República, de una instancia, contentiva de intimación y puesta en mora, tendente a amparo de cumplimiento, para que el órgano gubernamental, personificado en el Consejo Superior del Ministerio Público, realice todas las diligencias necesarias, en su rol de implementador y sujeto obligado de hacer cumplir la Ley No.133-11, Orgánica del Ministerio Público, en lo atinente al establecimiento de un sistema de pensiones para sus miembros.

Trajano Potentini, presidente del gremio que agrupa los abogados, lamento que al día de hoy, el Ministerio Público no cuenta con un sistema de pensiones interno, que le garantice un retiro digno, incluso sin los más elementales gastos de medicina y alimentos cubiertos, más bien en muchos casos, con edades rondando casi los 80 años, esperando la muerte o desenlace final de su vida, y sin poderse pensionar porque apenas percibirían una miseria, que lo llevaría o convertiría en indigentes funcionales, todo ello después de haberle dedicado toda su vida al Estado como servidores públicos.

Asimismo, el CARD deploro que luego de más de 13 años, de haberse aprobado y promulgado la Ley No.133-11, Orgánica del Ministerio Público y hacer mandatorio en sus artículos 106 y 107, la instauración de un sistema de pensiones para el Ministerio Público, sin que, a la fecha, el presente mandato se haya concretado, con la agravante de que tampoco se advierten esfuerzos algunos, para dotar al Ministerio Público de las referidas garantías y prestaciones.

Para el jurista se ha constituido en un clamor generalizado, además de conocimiento público los pedimentos de servidores públicos del Ministerio Público para que se vaya en su auxilio, muchos de ellos, incluso con enfermedades terminales de cáncer y otras dolencias, postrados en sus camas, sin esperanzas y frustrados luego de haber servido y sacrificarse por su país.

Destacando además que en los últimos tiempos ha sido Vox Populi, hasta del conocimiento de los medios de comunicación y redes sociales, las calamidades y crujías que pasan miembros del Ministerio Público en hospitales y clínicas, prácticamente retenidos por no poder costearse los tratamientos, llegando en muchos casos a dejar en la miseria a sus familiares, además del dolor de también perderlos físicamente.

De acuerdo con Colegio de Abogados el Ministerio Público hoy día es objeto de en un trato discriminatorio y hasta vejatorio, con un salario indigno por debajo de sus equivalentes, que lo serían los jueces y otros servidores públicos, como los letrados de altas cortes, amén de no contar tampoco con apoyo logístico para el desarrollo de su trabajo y otros incentivos propios de funciones similares, proyectándose en el presente como los empleados cenicienta del Estado.

Resulta también motivo de preocupación para el CARD, el que el tengamos un Ministerio Público, sin recursos, sin apoyo logístico, sin un seguro médico digno y peor aún sin la garantía de un retiro decente, les fustigamos y desacreditamos por los resultados, muchas veces no satisfactorios que exhiben en la persecución del crimen organizado, lamentablemente sin detenernos previamente como sociedad a exigir, que sean dotados del presupuesto necesario para cumplir con su cometido.

Potentini, califica como un verdadero despropósito e inequidad, los exorbitantes salarios que exhiben algunos funcionarios del gobierno, privilegios irritantes e irracionales, tales como el Gobernador del Banco Central, con salario de un millón ochocientos cuarenta y tres mil pesos mensuales, el Superintendente de Bancos, con más de un millón de pesos mensuales, eso sin otros beneficios marginales, amén también de las pensiones que les tocarían, ello sumado al esquema de seguridad social interno y privado de las altas cortes y órganos constitucionales con altos y holgados beneficios que también deberían cobijar al ministerio público.

Los abogados citaron como la base legal de su reclamo a la Constitución de la República, artículos 72, 5,6,7,8, 22.4, 39,58, 60, 68, 69.1, 75.9 y 75.12, artículos 4,4.5, 6 y 7.6 de la Ley No.107-13, Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, y fundamentalmente los artículos 106 y 107 de la Ley No.133-11 Orgánica del Ministerio Público, estos dos últimos citados a continuación:
El artículo 106 de la Ley No.133-11 Orgánica del Ministerio Público, al referirse al tema de las pensiones se crea el fondo de retiro, describiendo lo siguiente: “Se crea el Fondo de Retiro de los miembros del Ministerio Público, como incentivo para promover la permanencia en el cargo y el retiro en condiciones de dignidad. La administración del fondo, así como las condiciones y el procedimiento para otorgar este beneficio serán regulados en el reglamento que al efecto adopte el Consejo Superior del Ministerio Público”.

En esa misma línea el artículo 107 de la Ley No.133-11 Orgánica del Ministerio Público, establece que los recursos del fondo de retiro, provendrán de las siguientes fuentes: “1. Las aportaciones directas de los beneficiarios del Fondo; 2. Las aportaciones que ordene realizar el Consejo Superior del Ministerio Público con cargo al Presupuesto institucional; 3. Otras aportaciones establecidas por vía del Presupuesto General del Estado”.

Los abogados fundamentaron su calidad para el referido sometimiento en el entendido de que en la República Dominicana por disposición de la ley 3 19 que instituye el Colegio de Abogados es mandatorio para el ejercicio de la profesión el estar colegiado, siendo un requisito indispensable de todos los abogados del país el estar sometido a las referidas directrices, abarcando a todos los servidores públicos o empleados que requieran de la condición de abogados para ejercer la función u oficio, llámese jueces, defensores públicos u otros, como el caso ocurrente del Ministerio Público, cuyo denominador común, lo es su condición previa de licenciados en derecho, en consecuencia sometido al ámbito institucional y legal del colegio de forma primaria.

Finalmente, el CARD aprovecho la oportunidad para dedicar este proceso y lucha, al recientemente fiscal fallecido, Porfirio Estévez, un servidor público ejemplar, apegado siempre a los más altos valores y estándares éticos en sus funciones como Ministerio Público, una vida de sacrificio y entrega al Estado Dominicano, terminando su vida en un mar de precariedades y sin el debido apoyo para él o sus familiares, hoy cerramos está actividad pidiendo un minuto de silencio, en merecido reconocimiento In Memorian para el magistrado Porfirio Estévez, para nosotros el gran motivador y despertar de la situación que vive el Ministerio Público en el país.

CARD lleva a la justicia Consejo Superior del Ministerio Público y procuraduría por pensiones y retiro digno para fiscales

Colegio de abogados – Puesta en mora

       

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES

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