El Consejo del Poder Judicial informó que todos los abogados que suban a estrado deben estar debidamente identificados con los carnets expedidos por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).

Esta decisión fue informada mediante la circular 11-2016 dirigida a los jueces del Poder Judicial a nivel nacional y firmada por el presidente del Consejo Mariano Germán Mejía.

A través de una circular el Consejo del Poder Judicial solicitó dar cumplimiento al artículo 17 de la Ley 91-83 que crea el Colegio de Abogados que indica que: “Toda persona física o moral, asociación de cualquier tipo que sea, Corporación o persona de derecho público interno de la naturaleza que fuere, para ostentar la representación en justicia deberá hacerlo mediante constitución de Abogado. En consecuencia, los magistrados jueces de las órdenes judicial y contencioso-administrativo sólo admitirán como representantes de terceros a abogados debidamente identificados mediante el carnet expedido por el Colegio”.

 El CARD favoreció la medida alegando que la misma garantiza la identificación de acreditación de los abogados y evita la participación de personas que se hacen pasar por abogados.

 

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