El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) y el jurista Julio Cury calificaron ayer de arbitraria y discriminatoria la decisión de la Embajada de Estados Unidos en República Dominicana de no permitirle la entrada a la sede diplomática a los periodistas de Diario Libre, donde se realizaba una actividad que cubrían otros medios locales.
El presidente del gremio, Miguel Surun Hernández y Cury consideraron que las restricciones al acceso a la información de asuntos de interés público y social; la censura y la discriminación a la libertad de los periodistas, es totalmente contraria a lo contemplado en tratados internacionales.
Surun Hernández censuró de manera definitiva toda actuación que tienda a castigar las manifestaciones o el ejercicio del derecho de la libre expresión como lo ocurrido con los periodistas de Diario Libre a quienes se les negó el ingreso a la sede diplomática.
Dijo condenar que por el siempre hecho un medio de comunicación sirva una noticia sea castigado y sea impedido de ejercicio de comunicar la cosa que ocurren a la ciudadanía.
“Nosotros de manera definitiva siempre vamos a estar del lado del libre ejercicio de la libertad de expresión, de que los medios de comunicación tengan acceso a la fuente y de que en modo alguno nadie pueda ponerle cortapisa o pueda castigar un medio porque comunique”, acotó el presidente de la entidad que agrupa a los profesionales del derecho.
De su lado, Cury dijo que es una decisión arbitraria, discriminatoria que no se aviene a los principios de un estado constitucional de derecho como se vive en la República Dominicana y en los Estados Unidos.
Dijo que prohibirle el acceso a periodistas de Diario Libre a cubrir una actividad en la embajada de los Estados Unidos es contrario a libertad de información.
Sostuvo que como asunto de interés público la prensa y no una parte selectiva de ella, tenía derecho sin discriminación a buscar, recibir y difundir informaciones sobre dicha actividad.
Manifestó que de manera que impedírsele a ese medio de comunicación el acceso a la embajada se le restringió el ejercicio de un derecho fundamental considerado como tal no solo por la Constitución de la República y tratados internacionales, sino también por la misma Constitución de los Estados Unidos.