Colegio de Abogados apodera al Tribunal Constitucional para que conozca conflicto de competencia con Cámara de Cuentas
Dice el Fiscal de Cuentas del CARD es quien tiene facultad de auditar el gremio artículo 83 de la Ley 3-19
SANTO DOMINGO, República Dominicana. EL Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) interpuso ante el Tribunal Constitucional (TC) una acción en Conflicto de Competencia en contra de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD), con el objetivo de que el máximo tribunal determine qué organismo tiene competencia para auditar el gremio.
La acción Constitucional en Conflicto de Competencia fue interpuesta por el CARD mediante una instancia sometida el 11 de noviembre del 2021 en el Tribunal Constitucional y notificada a la Cámara de Cuentas, ante el conflicto suscitado entre ambas instituciones.
En dicha acción el Colegio de Abogados plantea que el Fiscal de Cuentas del CARD, en su calidad de auditor externo, es quien tiene la facultad de auditar los recursos del gremio, junto a las firmas auditoras privadas contratadas anualmente, según el artículo 83 de la Ley 3-19 del Colegio.
“Hemos dicho en varias ocasiones que el Colegio de Abogados de RD no recibe fondos del Presupuesto Nacional, ni maneja recursos públicos y que sus ingresos provienen de tasas por sus servicios, tal y como lo refiere la Sentencia TC/0288/20, de fecha 21 de diciembre del 2020 y una certificación emitida por la Dirección General de Presupuesto; a pesar todo esto la CCRD insiste en actuar contrario a la Ley y a la Constitución, por lo que decidimos dirimir el tema en el Tribunal Constitucional”, expresó Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados de RD.
El gremialista destacó que el artículo 185-3 de la Constitución de la República faculta al Tribunal Constitucional para conocer acciones directas contra la Cámara de Cuentas de RD y el 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional 137-11, la autoriza para conocer los Conflictos de Competencia de orden constitucional entre los poderes del Estado, así como los que surjan entre cualquiera de estos poderes y entre órganos constitucionales, entidades descentralizadas y autónomas, los municipios u otras persona.
“Hemos optado por la mejor vía para resolver la diferencia de competencia con la Cámara de Cuentas, que es la consagrada en nuestra Carta Magna, que instituye el Tribunal Constitucional, máxima autoridad en materia constitucional. Confiamos que las vías constitucionales proveerán la mejor solución a este innecesario conflicto, pues ha sido la Junta Directiva Nacional del CARD quien ha insistido con mayor ahínco de que se registren revisiones, fiscalizaciones y auditorías de los recursos privados del gremio, pero apegados a las leyes y a la Constitución”, indicó el CARD.
Sentencia del TC
El Tribunal Constitucional mediante sentencia TC-0163-13, externó respecto al CARD, que son entidades que tienen “una base privada”, tal y como lo reiteró en cuanto al carácter privado de sus recursos. En la Sentencia TC-288-20 del 21 de diciembre del 2020 señaló que los recursos del gremio provienen de las Tasas, por el servicio de organizar y fiscalizar el ejercicio de la abogacía, señaló el gremio.
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Santiago. - El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), y la Dirección General de Prisiones (DGP), ejecutaron el programa de capacitación que vienen realizando a los privados de libertad del país en los Centros de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres, Rafey Mujeres y Licey al Medio.
Los juristas Pedro Duarte Canaán y Freddy Castillo impartieron el curso-taller “Derechos Fundamentales, Debido Proceso en la Perspectiva de la Nueva Ley Penitenciaria”.
En la actividad participaron Josefina Batista, Vicepresidenta del Colegio de Abogados, en representación de Miguel Surun Hernández, presidente del CARD; Lucia Florentino, secretaria de organización de esta entidad; Rosmery Ramos, encargada de Educación del Centro de Corrección Rafey ; Ramón Tatis, director de seguridad de la DGP; Laura Ricardo, subdirectora de tratamiento CCR Licey Al Medio y una representación de la Asociación de Abogados de Santiago.
Las capacitaciones continuarán a nivel nacional en los distintos centros penitenciarios, como parte del convenio interinstitucional entre el CARD, la Dirección General de Prisiones y el Nuevo Modelo Penitenciario.
Haras Nacionales, Santo Domingo Norte. - La Dirección General de Prisiones y el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), continuaron la jornada de capacitación sobre la nueva Ley Penitenciara 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y Correccional en la República Dominicana, en el Centro Correccional de Haras Nacionales.
El experimentado jurista Pedro Duarte Canaán impartió a 110 privados de libertad el curso-taller “Derechos Fundamentales, Debido Proceso en la Perspectiva de la nueva Ley Penitenciaria”.
La actividad estuvo encabezada por Virlenis Aquino, directora del Centro Correccional Haras Nacionales; Manuel Frías, encargado de educación y Lucia Florentino; secretaria de organización del Colegio de Abogados, en representación de su presidente, Miguel Surun Hernández.
El objetivo de la jornada formativa es capacitar sobre la nueva Ley Penitenciaria a los internos de los distintos centros carcelarios, así como a los coordinadores de celdas, como parte del convenio interinstitucional firmado entre el Colegio de Abogados y el Sistema de Privación de Libertad de la República Dominicana.
La jornada también ha sido llevada a los centros de privación de La Victoria y Najayo.
Gremio exige respeto a las Leyes y a la Constitución. Dice CCRD puede asesorar, acompañar y fiscalizar pero no auditar
SANTO DOMINGO, República Dominicana. La Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados de la República Dominicana destacó el manejo transparente de sus recursos, los cuales han sido auditados anualmente por firmas auditoras reconocidas en el país como son Luperón Ramírez & Asociados y otras, y cuyas operaciones contables son publicadas mensualmente en su portal www.colegiodeabogados.org.
Indicó que la actual administración, presidida por Miguel Surun Hernández, se ha caracterizado por un manejo pulcro y eficiente de los recursos, destinando mayor inversión de los mismos a capacitación gratuita para los abogados, remodelación y apertura de locales, adquisición de nuevas tecnologías y en otras iniciativas en favor de la clase jurídica nacional. Asimismo, ha mantenido la defensa de los mejores intereses del sector.
La Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados informó en rueda de prensa que en varias ocasiones el gremio ha solicitado a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría General de la República su acompañamiento y asesoría para seleccionar una firma auditora privada, independiente y reconocida, para que audite los recursos del gremio, lo que demuestra la intención de trabajar en conjunto y de que prevalezca la pulcritud y la transparencia.
Agregaron que a pesar de realizar estas y otras solicitudes por escrito el 10 de diciembre del 2020, el 28 de junio del 2021 y en otras ocasiones el CARD no ha recibido respuesta.
El gremio destacó que “La Cámara de Cuentas de la República Dominicana no tiene facultad legal para auditar los recursos del Colegio de Abogados de la República Dominicana debido a que el artículo 248 de la Constitución, así como los artículos 1 y 3 de la Ley 10-07 que la crea, especifican claramente que dicha entidad solo puede ejercer control y auditoría a instituciones que manejan recursos públicos, que No es el caso del gremio, cuyos fondos provienen de tasas por concepto del servicio de fiscalización de abogados”
La Junta Directiva Nacional del CARD explicó al país que: “El Colegio de Abogados no es una entidad estatal, no maneja patrimonio estatal, no recibe fondos del presupuesto, ni recursos públicos, sino que le paga el 10% al estado por el cobro de dichas tasas, tal como lo confirma una certificación emitida por la Dirección General de Presupuesto y la Sentencia TC/0288/20, de fecha 21 de diciembre del 2020, por lo que nos resulta altamente sospechoso las intenciones que tiene la Cámara de Cuentas de auditarnos y violentar su propia legislación y la Carta Magna”.
“La Junta Directiva rechazó de manera contundente el acto de “puesta en mora” de la Cámara de Cuentas, por ser temerario, abusivo, arbitrario y calumnioso, pues nunca ha habido resistencia a la transparencia, todo lo contrario, les solicitamos a auditores de dicho órgano la copia de la resolución del pleno de la Cámara de Cuentas en virtud de la cual actuaban, la cual se niegan a entregar, a pesar de pedirla reiteradas veces mediante comunicación del 5 de agosto del 2021. En dicha misiva también manifestamos nuestra disposición a cooperar con el cumplimento de la Ley, en materia de fiscalización y transparencia de los recursos del Estado”.
*Ley del Card y potestad de la Cámara de Cuentas*
Los abogados aclararon que la Ley 3-19 del CARD en su artículo 74 habla de la Fiscalización y Control de los Fondos y establece que los fondos provenientes de las contribuciones reguladas por esta ley estarán sujetos a la fiscalización de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
Explicaron que tomando en cuenta esto debe de quedar bien claro en la opinión pública nacional la diferencia entre los términos de fiscalizar y de auditar.
El proceso de fiscalización no es más que la supervisión, asesoría y acompañamiento para que el Colegio mantenga el control, la eficiencia y garantía de un buen manejo de sus recursos, mientras que una auditoría es una Inspección o verificación de la contabilidad de una entidad, realizada por un auditor.
“¿Por qué la Cámara de Cuentas tiene la facultad de fiscalizar y no de auditar al CARD? Tiene la facultad de fiscalizar porque el Colegio de Abogados maneja potestades públicas que son aquellas que de origen pertenecen al Estado y que el Estado la sede para que un ente privado la ejerza, como también opera por ejemplo con la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y otras entidades. Pero potestades públicas no son lo mismo que recursos públicos”, explicaron los togados.
Agregaron que “Por esta razón y por las confusiones que se generan con este tema, y por las intenciones malsanas de auditar y no de fiscalizar, advertimos al país que la abogacía nacional estará atenta y unida en defensa de nuestros derechos y vamos a indagar si existen manos políticas ocultas detrás de todo esto con intenciones de hacer daño”, señaló.
*Transparencia y apertura al diálogo*
El Colegio de Abogados aseguró que el manejo contable y administrativo del gremio está claro y transparente, manifestó su disposición de recibir asesoría, acompañamiento y fiscalización de la Cámara de Cuentas y de la Contraloría General para la selección de una firma auditora privada reconocida, pero realizando todo dentro del marco de la Ley, respetando las facultades y los derechos de cada institución.
“Garantizamos al país que los recursos del CARD son manejados y seguirán siendo manejados de manera pulcra y transparente, como siempre ha actuado la actual gestión del Colegio de Abogados, presidida por Miguel Surun Hernández”, señaló la Junta Directiva Nacional del CARD.
Asimismo, reiteraron que los abogados y abogadas estamos más unidos que nunca, que no aceptaremos chantajes, atropellos, ni ilegalidades, que estaremos vigilantes de que se cumplan con la Constitución y las leyes existentes.
Consideran la iniciativa viola el Debido Proceso y Tutela Judicial.
Santo Domingo, República Dominicana.- El Frente de abogados de Partido Revolucionario Moderno (PRM), rechazó el proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial, depositado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luís Henry Molina, en la Cámara de Diputados.
Los juristas entienden que la legislación contiene aspectos que vulneran el Debido Proceso y la Tutela Judicial, al consagrar la instauración de una Justicia Virtual, declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (TC).
Aseguran que un sistema de Justicia Virtual, además de atentar contra los principios de inmediación, concentración y contradicción, conculca y limita la Tutela Judicial efectiva, en función de disponibilidad y dominio de recursos tecnológicos, porque “el acceso a la justicia es una garantía no solo para los abogados, sino para todos los ciudadanos, sean o no letrados, tengan o no acceso a internet”.
Los profesionales del derecho indicaron que es imposible impartir justicia por medio de la virtualidad, al señalar que hay abogados sin acceso a internet o computadoras, lo que se suma a los problemas de energía eléctrica que presentan algunos tribunales.
Belgia Soler, presidenta del frente, consideró que la pieza legislativa entra en contradicción con la sentencia TC 0286-21, de fecha 14 de septiembre del 2021, que declaró inconstitucionales los procedimientos virtuales, y contiene una delegación de poderes del Congreso Nacional en favor del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, al autorizarle a modificar los códigos de procedimientos civiles penales, laborales y de tierra, por la vía reglamentaria, al afirmar que no están establecidos en la Carta Magna.
Soler indicó que no se oponen al modernismo en el área de la justicia, pero “no están dadas las condiciones para aprobar una ley de virtualidad de los procesos en justicia”.
“Es un grosero despropósito institucional que pretende legitimar el desacato del Consejo del Poder Judicial contra una sentencia emanada del máximo órgano constitucional de la República Dominicana”, enfatizó el frente de abogados.
Aseguran la iniciativa entra en contradicción con sentencia del Tribunal Constitucional
SANTO DOMINGO, República Dominicana. Los Frentes de Abogados de los Partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD) rechazaron el Proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial, depositado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luís Henry Molina, en la Cámara de Diputados, por ser violatorio de varios artículos de la Constitución de la República, tal y como lo expresó una sentencia del Tribunal Constitucional.
La posición fue externada por Diego José García, presidente del Frente de Abogados del PLD; Belkis Jiménez, presidente del Frente de Abogados del PRD y Miguel Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados de República Dominicana.
Los juristas recordaron que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional las audiencias virtuales mediante la sentencia TC 0286-21, de fecha 14 de septiembre del 2021, alegando que los mismos con violatorios a los principios de inmediación, concentración y derecho de defensa.
Denunciaron que el Sistema de Justicia Virtual también limita la Tutela Judicial Efectiva o el acceso a la justicia, porque no todos los usuarios del sistema tienen acceso a computadoras, internet, energía eléctrica ininterrumpida, o tienen conocimiento del uso de los recursos tecnológicos, lo que va en perjuicio de los abogados y de la población en general.
Los representantes de los Frentes de Abogados de los Partidos de la Liberación Dominicana (PLD), y Revolucionario Dominicano (PRD), indicaron que de lo que se trata es de un proyecto de Ley “Habilitante”, mediante el cual se pretende que el Congreso Nacional ceda en favor de otro órgano sus potestades legislativas.
“Esta iniciativa, aparte de ser atentatoria contra el estado de derecho y contra la Constitución, es un grosero despropósito institucional que pretende legitimar el desacato del Consejo del Poder Judicial contra una Sentencia emanada del máximo órgano Constitucional de la República Dominicana y solicitaron a los congresistas sopesar bien la iniciativa, que pone en juego el rol de la Justicia”, expresaron los togados.
En tanto, Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, agradeció el respaldo de los Frentes de Abogados de los Partidos Mayoritarios y dijo cuándo una clase se une sin mirar banderías políticas es porque de lo que se trata de un proyecto que afectaría el sistema de justicia y a los actores del sistema.
Estas posiciones fueron externadas en el marco del Congreso Contra la Ley de Cierre Virtual “Junto Contra el Desacato Judicial”, realizado en la sede del Colegio de Abogados de la República Dominicana.